Pluriactividad - ¿Qué es la pluriactividad?

Es una situación laboral y/o profesional por la cual una persona cotiza en más de un régimen de la Seguridad Social.

¿Eres autónomo? Con SumUp Facturas puedes llevar tu facturación de manera sencilla, rápida y profesional.

La pluriactividad es una circunstancia por la cual una persona cotiza en más de un régimen de la Seguridad Social.

Es común entre autónomos, que, por un lado, cotizan por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y, por el otro, como trabajadores por cuenta ajena.

La pluriactividad de los autónomos

Como se comentaba, la pluriactividad es un fenómeno estrechamente ligado a los autónomos. Ahora bien, con esta afirmación no se quiere decir que sea un fenómeno habitual.

Por la naturaleza incierta de su actividad, muchos trabajadores apuestan por emprender una nueva actividad como autónomos sin desligarse de la seguridad de un empleo asalariado.

También se da la circunstancia de autónomos que, a su vez, se emplean por cuenta ajena mientras exploran y explotan las posibilidades de su actividad por cuenta propia.

La pluriactividad y la Seguridad Social

La pluriactividad es una circunstancia que la Seguridad Social contempla y que, por tanto, está reglada en España.

La Seguridad Social define la pluriactividad como "la situación del trabajador por cuenta propia y/o ajena cuyas actividades den lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social".

Estar dado de alta en más de un régimen de la Seguridad Social acarrea algunas dudas, como es el de las cotizaciones.

La cotización en situación de pluriactividad

Al estar dado de alta en más de un régimen de la Seguridad Social, el trabajador deberá cotizar por cada uno de dichos regímenes.

Esto supone, en efecto, que un trabajador por cuenta ajena que, además, sea autónomo, tiene que cotizar por el Régimen General de la Seguridad Social (como asalariado) y por el RETA (como autónomo).

La cuota del autónomo en pluriactividad

El autónomo en régimen de pluriactividad debe pagar todas las cotizaciones que, por nómina, le corresponde como trabajador por cuenta ajena.

La cuota de autónomo también se debe pagar íntegramente. En casos de nuevos autónomos, puede beneficiarse de bonificaciones.

Bonificaciones por pluriactividad

Los nuevos autónomos pueden beneficiarse de bonificaciones a la Seguridad Social cuando se encuentran en régimen de pluriactividad.

Dichas bonificaciones afectan, lógicamente, al pago de la cuota de autónomo de la siguiente manera:

  • El 50% de bonificación en el pago de la cuota de autónomo durante los primeros 18 meses de actividad.

  • 75% de la cuota de autónomo durante los restantes 18 meses.

Conviene señalar que esta bonificación solo se puede disfrutar en las siguientes circunstancias:

  • Cuando se cotiza por la base de cotización mínima.

  • Cuando no se disfruta de otro tipo de bonificaciones.

Pluriactividad y tarifa plana

La tarifa plana es una bonificación pensada para nuevos autónomos. Este tipo de bonificación es incompatible con la bonificación por pluriactividad.

En otras palabras: cuando un trabajador por cuenta ajena se da de alta como autónomo y quiere beneficiarse de una bonificación a la Seguridad Social, debe elegir una de las dos según cuál de las dos le salga más a cuenta.

La devolución de la cuota de autónomo por pluriactividad

Al cotizar por dos tipos de régimen diferente, puede resultar que el autónomo en pluriactividad se exceda en la cuantía total al cotizar.

Esa cuantía la fija el Gobierno de manera anual. Así, en 2019 la cuantía era de 13.822,06 euros. Si la cifra total de cotización por todos los regímenes supera ese límite, la Seguridad Social se encarga, sin que el autónomo lo solicite, de la devolución.

La devolución consiste en el 50% de lo excedido, con un tope del 50% de las cuotas ingresadas en el RETA. Conviene tener claro, por tanto, que la devolución no se hace sobre la cuota de autónomo, sino sobre lo total cotizado en todos los regímenes.